The Original notice can be found in English on the USCIS website here . Below, please find our Spanish translation of this notice as an information service for our Spanish speaking clients. The content below is NOT the official translation by USCIS and Should not be construed as legal advice. If you need legal assistance for Deferred Action application for renewal or guidance, please contact our law firm.
ICE- Orientación para la Renovación de DACA Otorgada
Este aviso contiene información renovada solo para aquellos individuos que han sido concedidos DACA por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (U.S. Immigration and Customs Enforcement o ICE) desde junio 15, 2012 hasta agosto 15, 2012, cuando USCIS comenzó a recibir solicitudes. Nuestros datos indican que este aviso solo le aplica a una fracción pequeña de la populación de DACA. Este aviso no le aplica a ningún individuo que ha recibido acción diferida al realizar una petición a USCIS utilizando la Formulario I-821D en o antes de Agosto 15, 2012. En los próximos meses, USCIS emitirá orientación sobre el proceso de renovación para este grupo.
RE: Formulario 1-797C, Aviso de Acción
Tipo de Caso: Formulario 1-821D, Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia.
RE: Formulario 1-797C, Aviso de Acción
Tipo de Caso: Formulario 1-821D, Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia.
Deseamos informarle de su oportunidad para renovar la Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA). Nuestro registro indica que el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de Estados Unidos (ICE) ha diferido acción bajo el proceso de DACA en su caso. Si desea renovar su acción diferida para extenderlo por otro periodo de dos años, deberá someter el Formulario I-821D, Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia, al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). Este formulario debe ser completado, firmado apropiadamente y acompañado por el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo (junto con la cuota por someter ese formulario, totalizando $465) y Formulario I-765WS.
Si su periodo anterior de acción diferida expira antes que reciba una renovación de acción diferida bajo DACA, usted recibirá presencia ilegítima y no estará autorizado a trabajar en ningún momento dentro los periodos de acción diferida. Por esta razón, USCIS lo incita a someter su petición para renovación 120 días antes que expire su periodo corriente de acción diferida bajo DACA.
Un individuo cuyo caso ha sido diferido inicialmente bajo DACA por ICE puede ser considerado/a para Renovación de DACA de USCIS si él o ella:
· Era menor de 30 años de edad para la fecha de 15 de junio de 2012;
· Llego a las Estados Unidos antes de cumplir los 16 años y estableció residencia en ese momento;
· Ha permanecido residiendo en Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007 hasta el momento actual;
· No ha salido de Estados Unidos en o antes del 15 de agosto de 2012 sin libertad condicional anticipada;
· Estaba presente en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012 y al momento de realizar su petición;
· Entró sin inspección antes del 15 de junio de 2012, o si su estatus migratorio fue expirado para la fecha de 15 de junio de 2012;
· Se ha graduado/a o ha obtenido un certificado de finalización de estudios de una escuela superior, ha obtenido un certificado de desarrollo educativo general, es un veterano con licenciamiento honorable de Coast Guard o Armed Forces of the United States; o estaba en la escuela al momento de solicitar DACA de ICE y:
1. Ha completado exitosamente un programa de educación, alfabetismo, o entrenamiento profesional (incluyendo entrenamiento vocacional) y obtuvo empleo,
2. Esta actualmente matriculado en una escuela superior, escuela post-secundaria o una educación nueva/diferente, programa de alfabetismo o entrenamiento profesional, o
3. Ha mostrado un progreso sustancial y cuantificable hacia completar un programa de educación, alfabetismo, o entrenamiento profesional.
· No ha sido condenado de un crimen o delito, una falta significativa, tres o más faltas, y no representa una amenaza a la seguridad nacional o la seguridad pública.
USCIS revisara su petición para determinar si el ejercicio de la discreción fiscal es apropiado para su caso. Cada caso va a ser considerado individualmente. Aun satisfaciendo los criterios designados para ser considerado/a Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA), USCIS podrá determinar, en su discreción inapelable, que acción diferida no es garantizado en su caso. Será notificado por escrito de la decisión tomada. No habrá ninguna moción para volver a abrir o considerar nuevamente la decisión y no habrá ningún derecho a apelar; sin embargo, USCIS podrá emitir una Petición de Evidencia para obtener evidencia adicional para mostrar que cumples con los criterios.
Si su periodo anterior de acción diferida expira antes que reciba una renovación de acción diferida bajo DACA, usted recibirá presencia ilegítima y no estará autorizado a trabajar en ningún momento dentro los periodos de acción diferida. Por esta razón, USCIS lo incita a someter su petición para renovación 120 días antes que expire su periodo corriente de acción diferida bajo DACA.
Un individuo cuyo caso ha sido diferido inicialmente bajo DACA por ICE puede ser considerado/a para Renovación de DACA de USCIS si él o ella:
· Era menor de 30 años de edad para la fecha de 15 de junio de 2012;
· Llego a las Estados Unidos antes de cumplir los 16 años y estableció residencia en ese momento;
· Ha permanecido residiendo en Estados Unidos desde el 15 de junio de 2007 hasta el momento actual;
· No ha salido de Estados Unidos en o antes del 15 de agosto de 2012 sin libertad condicional anticipada;
· Estaba presente en los Estados Unidos el 15 de junio de 2012 y al momento de realizar su petición;
· Entró sin inspección antes del 15 de junio de 2012, o si su estatus migratorio fue expirado para la fecha de 15 de junio de 2012;
· Se ha graduado/a o ha obtenido un certificado de finalización de estudios de una escuela superior, ha obtenido un certificado de desarrollo educativo general, es un veterano con licenciamiento honorable de Coast Guard o Armed Forces of the United States; o estaba en la escuela al momento de solicitar DACA de ICE y:
1. Ha completado exitosamente un programa de educación, alfabetismo, o entrenamiento profesional (incluyendo entrenamiento vocacional) y obtuvo empleo,
2. Esta actualmente matriculado en una escuela superior, escuela post-secundaria o una educación nueva/diferente, programa de alfabetismo o entrenamiento profesional, o
3. Ha mostrado un progreso sustancial y cuantificable hacia completar un programa de educación, alfabetismo, o entrenamiento profesional.
· No ha sido condenado de un crimen o delito, una falta significativa, tres o más faltas, y no representa una amenaza a la seguridad nacional o la seguridad pública.
USCIS revisara su petición para determinar si el ejercicio de la discreción fiscal es apropiado para su caso. Cada caso va a ser considerado individualmente. Aun satisfaciendo los criterios designados para ser considerado/a Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA), USCIS podrá determinar, en su discreción inapelable, que acción diferida no es garantizado en su caso. Será notificado por escrito de la decisión tomada. No habrá ninguna moción para volver a abrir o considerar nuevamente la decisión y no habrá ningún derecho a apelar; sin embargo, USCIS podrá emitir una Petición de Evidencia para obtener evidencia adicional para mostrar que cumples con los criterios.